1991

 

Con referencia a la demora en la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria que trata el presente temario, cabe formular las siguientes aclaraciones:

 

Como ya se indicó en la memoria a consideración de los señores accionistas, los Decretos P.E.N. N° 327/91. 388/91 y 527/191, tuvieron incidencias de orden legal y económico, que demoraron el desenvolvimiento operativo y administrativo de esta concesionaria

 

Además el objeto de esta empresa - Concesionaria de Obra Pública - como consecuencia de la ley 23.696. de Reforma del Estado, significó el desenvolvimiento en una actividad nueva en nuestro país, como es la explotación de la red vial por el sistema de peaje, con el inevitable período de adaptación tanto en los órdenes legales, como económicos y administrativos.

 

Por decreto N° 527/91 del 27 de Marzo se autoriza el reinicio del cobro a partir del 1° de Abril con una reducción general en las tarifas, y en el caso del Puente Oral. 3elgrano se establece que la tarifa abonada sirve de ida y vuelta cualquiera fuere el número de viajes en el día, anula el régimen oneroso de la concesión y establece un subsidio mensual fijo como compensación por la-disminución de los ingresos.

 

Con estas nuevas pautas, establecidas en forma unilateral por parte del Estado Nacional, se inició el cobro del peaje, en las cinco estaciones el día 8 de abril.

 

 

Esta situación, implicó un proceso de revisión de la concesión, que dio origen a cambios importantes de las condiciones contractuales originales. Por este motivo se iniciaron negociaciones tendientes a reconstruir la ecuación económica del contrato, que a la fecha se resumen en el acuerdo firmado con la Secretaria de Obras Públicas pendiente de ratificación por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

 

 

 

 

1992

 

 

 

1993

 

 

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Fuente: MEMORIAS Y BALANCES VIRGEN DE ITATI CONCESIONARIA DE OBRAS VIALES S.A. (1991-2003).